Licencias Aeronáuticas
Para ejercer funciones como personal aeronáutico, la persona debe ser titular de la licencia aeronáutica y poseer el Certificado Médico Aeronáutico correspondiente vigente, cuando aplique, y en ningún caso podrá ejercer funciones distintas a las atribuidas en la licencia o habilitación.
El titular de cualquier licencia debe portarla consigo, así como el certificado médico vigente, cuando aplique, durante el desempeño de la función aeronáutica para la cual está autorizado. Tales documentos podrán ser requeridos para su verificación por la Autoridad Aeronáutica cuando ésta lo considere.
El titular de una licencia o habilitación, ejercerá las atribuciones otorgadas en éstas, si cumple con los requisitos de edad, conocimientos, experiencia, exámenes teóricos y prácticos según corresponda, y pericia, para cada una; así como instrucción de vuelo y aptitud psicofísica para aquellas que lo requieran, establecidos en esta regulación y demás normas relativas a la materia.
Las actividades aeronáuticas remuneradas solo podrán ser ejercidas por personal aeronáutico de nacionalidad venezolana, en caso contrario, la Autoridad Aeronáutica incluirá la limitación de “No válida para realizar trabajos remunerados en Venezuela”.
La Autoridad Aeronáutica podrá, en casos excepcionales, autorizar el empleo temporal del personal aeronáutico extranjero cuando no exista en el país personal aeronáutico venezolano debidamente calificado, por un término no mayor de seis (6) meses, pudiendo ser renovado cuando circunstancias especiales así lo requieran.
Para ejercer funciones como personal aeronáutico, relacionado con la Operación de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPA), la persona debe ser titular de la licencia aeronáutica y poseer el certificado médico aeronáutico correspondiente vigente, cuando aplique, y en ningún caso podrá ejercer funciones distintas a las atribuidas en la licencia o habilitación.
Para ejercer funciones como operador de RPA de uso recreativo u observador de RPA, se deberá ser mayor de trece (13) años y contar con el certificado de aprobación de curso inherente de RPA en un CIA autorizado por el INAC.
El titular de cualquier licencia o certificado de aprobación de curso RPA debe portarla consigo, así como el certificado médico vigente, cuando aplique, durante el desempeño de la función aeronáutica para la cual está autorizado. Tales documentos podrán ser requeridos para su verificación por la Autoridad Aeronáutica cuando ésta lo considere oportuno.
El titular de una licencia o habilitación relacionada a los RPA, ejercerá las atribuciones otorgadas en éstas, si cumple con los requisitos de edad, conocimientos, experiencia, exámenes teóricos y prácticos según corresponda, y pericia, para cada una; así como instrucción de vuelo y aptitud psicofísica para aquellas que lo requieran, establecidos en este capítulo y demás normas relativas a la materia.
Al Personal Aeronáutico activo o en situación de retiro de la Fuerza Armada Nacional que aspiren a la obtención de licencias o habilitaciones RPA, le podrán ser reconocidos, sin perjuicio del cumplimiento de las exigencias requeridas en cada caso, los requisitos de conocimiento y experiencia acreditados mediante la presentación del título, diploma o certificado, según corresponda, que hayan obtenido en instituciones u organismos militares reconocidos por la Autoridad Aeronáutica.
LICENCIA PARA PILOTOS A DISTANCIA (RPA) |
Trámite |
Requisitos generales para todas las Licencias de Pilotos RPA |
Requisitos para la Renovación |
- Ser Venezolano o nacional de un Estado que otorgue tratamiento recíproco para otorgamiento de licencias a los venezolanos.
- Hablar, leer y escribir el idioma castellano.
- Poseer el Certificado Médico Aeronáutico vigente, apropiado al tipo de licencia.
|
|
Piloto RPA Ala Fija |
Licencia requerida para ejercer como Piloto de RPA Ala Rotatoria, en cualquiera de sus clases y usos, a excepción los RPA Clase 1 (Mini) que sean de uso Recreativo:
- Tener edad mínima de dieciocho (18) años.
- Haber aprobado un curso avanzado de RPA Ala Fija, teórico y práctico, en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los seis (6) meses precedentes a la fecha de la solicitud.
- Haber completado como mínimo cincuenta (50) horas de vuelo Ala Fija, según el contenido programático aprobado por la Autoridad Aeronáutica.
- Poseer un Certificado Médico Clase 4, vigente.
- Haber aprobado la evaluación teórica y práctica aplicada correspondiente, aplicada por la Autoridad Aeronáutica o en quien esta delegue.
|
- Acreditar constancia de haber aprobado un curso recurrente teórico práctico que incluya cuatro (4) horas de vuelo de entrenamiento en el modelo de la habilitación a renovar, expedida por un Centro de Instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
- Presentar una prueba práctica de vuelo para verificación de competencia.
|
Piloto RPA Ala Rotatoria |
Licencia requerida para ejercer como Piloto de RPA Ala Rotatoria, en cualquiera de sus clases y usos, a excepción los RPA Clase 1 (Mini) que sean de uso Recreativo:
- Tener edad mínima de dieciocho (18) años.
- Haber aprobado un curso Avanzado de RPA Ala Fija, teórico y práctico, en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los seis (6) meses precedentes a la fecha de la solicitud.
- Haber completado como mínimo cincuenta (50) horas de vuelo Ala Fija, según el contenido programático aprobado por la Autoridad Aeronáutica.
- Poseer un Certificado Médico Clase 4, vigente.
- Haber aprobado la evaluación teórica y práctica aplicada correspondiente, aplicada por la Autoridad Aeronáutica o en quien esta delegue.
|
- Acreditar constancia de haber aprobado un curso recurrente teórico-práctico que incluya cuatro (4) horas de vuelo de entrenamiento en el modelo de la habilitación a renovar, expedida por un Centro de Instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
- Presentar una prueba práctica de vuelo para verificación de competencia.
|
Instructor de Vuelo RPA Ala Fija. |
- Tener como mínimo veintiún (21) años de edad.
- Ser titular de una Licencia de Piloto Avanzado RPA Ala Fija o Ala Rotativa, según sea el caso.
- Tener una experiencia mínima de cien (100) horas de vuelo totales como Piloto al Mando en el modelo del RPA en la cual aspira impartir instrucción.
- Constancia de haber aprobado un curso teórico y práctico de Instructor de Vuelo RPA en el modelo para la cual opta la Licencia, en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los seis (6) meses precedentes a la solicitud.
- Aprobar una evaluación teórico-práctico aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue, en el modelo en la cual aspira impartir instrucción.
|
- La renovación de la licencia de Instructor de Vuelo se producirá simultáneamente con la renovación de la Licencia y habilitaciones de piloto, siempre y cuando su titular demuestre haber impartido instrucción de vuelo en el equipo habilitado en su licencia de instructor de vuelo durante los últimos seis (6) meses y en caso contrario deberá:
- Acreditar constancia de haber aprobado un curso recurrente teórico practico que incluya cuatro (4) horas de vuelo de entrenamiento como Instructor de Vuelo RPAS en la categoría clase y tipo de la habilitación a reactivar expedida por un Centro de Instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
- Aprobar una prueba práctica de vuelo para verificación de competencia, aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue.
|
Instructor de Vuelo RPA Ala Rotativa. |
- Tener como mínimo veintiún (21) años de edad.
- Ser titular de una Licencia de Piloto Avanzado RPA Ala Fija o Ala Rotativa, según sea el caso.
- Tener una experiencia mínima de cien (100) horas de vuelo totales como Piloto al Mando en el modelo del RPA en la cual aspira impartir instrucción.
- Constancia de haber aprobado un curso teórico y práctico de Instructor de Vuelo RPA en el modelo para la cual opta la Licencia, en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los seis (6) meses precedentes a la solicitud.
- Aprobar una evaluación teórico-práctico aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue, en el modelo en la cual aspira impartir instrucción.
|
- La renovación de la licencia de Instructor de Vuelo se producirá simultáneamente con la renovación de la Licencia y habilitaciones de piloto, siempre y cuando su titular demuestre haber impartido instrucción de vuelo en el equipo habilitado en su licencia de instructor de vuelo durante los últimos seis (6) meses y en caso contrario deberá:
- Acreditar constancia de haber aprobado un curso recurrente teórico–practicó que incluya cuatro (4) horas de vuelo de entrenamiento como Instructor de Vuelo RPAS en la categoría clase y tipo de la habilitación a reactivar expedida por un centro de instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
- Aprobar una evaluación práctica de vuelo para verificación de competencia, aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue.
|
Habilitaciones de los Pilotos De RPA |
|
Requisitos para el Otorgamiento |
Requisitos para la Renovación |
|
MODELO DEL RPA:
- Para el otorgamiento de las habilitaciones de los modelos de RPA clase 3 y clase 4, previstas en este capítulo, los interesados deben presentar ante la Autoridad Aeronáutica los siguientes requisitos:
- Constancia de haber recibido curso teórico del modelo de la habilitación solicitada en un Centro de Instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica o un Centro de entrenamiento reconocido por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los seis (6) meses precedentes a la solicitud.
- Cuando se trate de una solicitud de habilitación como instructor de vuelo, el aspirante deberá acreditar constancia de poseer al menos cien (100) horas de vuelo en el modelo de RPA en la que aspira habilitarse como instructor de vuelo.
- Acreditar constancia de entrenamiento de vuelo, en el modelo de RPA solicitado, por un período de:
- Doce (12) horas de entrenamiento.
- Para Instructor de Vuelo, doce (12) horas de entrenamiento, como instructor del modelo de RPA.
- Haber aprobado la evaluación práctica ante la Autoridad Aeronáutica o en quien ella delegue, en el tipo de aeronave o simulador correspondiente a la habilitación solicitada.
- El otorgamiento de habilitación del modelo de RPA se ajustará a lo siguiente:
- Todos los RPA clase 3 y clase 4 en sus diferentes clases.
- Los RPA clase 1 y clase 2 su habilitación será genérica, es decir monomotor, multimotor.
|
- El titular de una licencia de Piloto RPA debe:
- Acreditar constancia de haber aprobado un curso recurrente teórico-práctico que incluya cuatro (4) horas de vuelo de entrenamiento en el modelo de la habilitación a renovar, expedida por un Centro de Instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
- Presentar una evaluación práctica de vuelo para verificación de competencia.
- La renovación de la Licencia de Instructor de Vuelo se producirá simultáneamente con la renovación de la Licencia y habilitaciones de piloto, siempre y cuando su titular demuestre haber impartido instrucción de vuelo en el equipo habilitado en su Licencia de instructor de vuelo durante los últimos seis (6) meses y en caso contrario deberá:
- Acreditar constancia de haber aprobado un curso recurrente teórico practico que incluya cuatro (4) horas de vuelo de entrenamiento como Instructor de Vuelo RPAS en la categoría clase y tipo de la habilitación a reactivar expedida por un centro de instrucción certificado por la Autoridad Aeronáutica.
- Aprobar una prueba práctica de vuelo para verificación de competencia, aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quien ella delegue.
|