CALIFICACIÓN DE AGENTE ACREDITADO Y AGENTE POSTAL ACREDITADO, EN LA APLICACIÓN DE CONTROLES DE SEGURIDAD EN LA CARGA AÉREA Y EL CORREO
Instrucciones:
- Revise la Regulación Aeronáutica Venezolana RAV 109, en su sección 109.16, a fin de identificar los requisitos necesarios para optar por la calificación de Agente Acreditado o Agente Postal Acreditado. Puede descargar esta RAV en el portal del INAC: www.inac.gob.ve, opción Menú Legislación Aeronáutica, en la lista seleccione Regulaciones Aeronáutica Venezolanas, y posteriormente selecciones RAV 109.
- Realice el pago correspondiente a los Derechos Aeronáutico por el concepto de Aprobación de los controles de seguridad de un Agente Acreditado o Agente Postal Acreditado, según las Unidades Tributarias establecidas en la Resolución Ministerial N° 066, de Ministerio para el Poder Popular para el Transporte, publicada en Gaceta Oficial N° 41.223 del 28-08-2017.
- Organice los documentos requeridos en la RAV 109, sección 109.16, y preséntelos ante el Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (A nombre de la Gerencia General de Seguridad Aeronáutica).
- Acuda a la taquilla de recepción de la Gerencia General de Seguridad Aeronáutica, ubicada en el edificio sede del IAIM, piso 1, Aeropuerto Internacional “Simón Bolívar”, Maiquetía, estado Vargas, en el horario 8:30 am a 12:00 pm y 1:30 pm a 4:00 pm.
- En caso de que el expediente no esté conformado de la forma y manera como se establece, o que falte alguno de los requisitos mencionados en la regulación o normativa técnica, no será recibido en la recepción de la Gerencia General de Seguridad Aeronáutica.
- La Gerencia General de Seguridad Aeronáutica realizará una evaluación de la documentación presentada, aprobando, de ser el caso, los programas de seguridad de la aviación (AVSEC) presentados, para posteriormente realizar la inspección física en el sitio de operaciones del solicitante para constatar el cumplimiento de la normativa nacional ampliable, de ser satisfactoria la evaluación documentar e inspecciones de campo, el INAC procederá a emitir una constancia de Agente Acreditado o Agente Postal Acreditado, según corresponda.
- La aprobación de los controles de seguridad de la aviación, de un agente acreditado o agente postal acreditado, podrán ser emitidos por la autoridad aeronáutica sin menoscabo del cumplimiento por parte del solicitante de la certificación establecida en la RAV 111.